Organización San Lorenzo
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Acerca de la A.R.T.
¿Quiénes están bajo la cobertura de la ley?
Todos los empleados en relación de dependencia.

¿Cuál es el ámbito de la cobertura?
EL lugar de trabajo declarado, y el trayecto entre éste y el domicilio declarado por el trabajador (in itinere).

¿Qué obligaciones tiene la ART para con los asegurados?
- Brindar prestaciones médicas a cualquier accidentado como causa de su actividad laboral o de su trayecto in itinere.
- Brindar a los asegurados traslados hacia centros de atención y tratamiento en caso de ser necesario.
- Recibir información y asesoramiento de su ART sobre la existencia de riesgos en su actividad.
- Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos de sus empleados que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes.

¿Qué obligaciones tiene el empleador para con los asegurados?
- Proteger a sus trabajadores de los riesgos asociados a su tarea.
- Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas a través de las leyes Nº 19.587 y Nº 24.557 y sus normativas complementarias. 
- Dar cobertura continua en materia de riesgos del trabajo a sus trabajadores a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
- Informar a sus trabajadores a cuál ART está afiliado.
- Denunciar ante la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
- Solicitar a la aseguradora la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.



A.R.T. Doméstica
Cobertura de Riesgo de Trabajo para casas particulares. El empleador tiene la obligación de contratar una ART a la trabajadora doméstica.

Póliza Digital
La Póliza Digital es una solución tecnológica de uso obligatorio para ART (incluidos canales comerciales tercerizados) y Empleadores, que reemplaza el procedimiento de afiliación y el contrato de cobertura en soporte papel.
A partir de la entrada de en vigencia de la PD, el proceso de afiliación deberá ser realizado utilizando la plataforma web, desarrollada y controlada por la SRT, la cual facilita transparenta la gestión administrativa de la póliza entre la ART y el Empleador.

Descargate el instuctivo acá.  

Accidentes Personales
Es un seguro que cubre a personas que trabajen de manera autónoma indemnizando diferentes montos ya sea por muerte o incapacidad, asistencia medico farmacéutica y gastos de sepelio a raíz de un accidente realizando la actividad declarada.

Puede contratarse en diferentes modalidades: Individual, Colectivo, Prestacionales utilizando la red de prestadores de las ART o por reembolso.



Vida Individual
Es un seguro que otorga libre elección de sumas aseguradas y coberturas, combinando distintos módulos de acuerdo a tus necesidades.-

Salud
Es una cobertura de carácter individual, matrimonial o familiar que ampara situaciones derivadas de problemas de salud como Intervenciones Quirúrgicas, Transplantes, Internación Clínica no Quirúrgica y colocación de Prótesis.-

Tiene carácter indemnizatorio excepto en Prótesis que opera contra reembolso.-

Funciona como complemento de las coberturas convencionales de salud.-

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (Decreto N° 1567/74)
Obligaciones Patronales Previsto en el Decreto N° 1567/74. Cubre el riesgo de muerte e incluye el suicidio como hecho indemnizable, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia cuyos empleadores se encuentren o no con el Sistema Unico de la Seguridad Social.

Cubre en caso de muerte, por cualquier causa, las 24 horas del día, los 365 dias del año.

Seguro de Vida Obligatorio Servicio Doméstico
Obligaciones Patronales.
El personal de casas particulares debe estar cubierto por un seguro de Vida de carácter Obligatorio en caso de fallecimiento.

Seguro Colectivo de la Ley de Contrato de Trabajo (LEY 20744)
Obligaciones Patronales
Cubre en caso de muerte por cualquier causa, las 24 hrs., los 365 días del año.
Invalidez total o permanente (mínimo 66,66%).

Horario de atención: Lunes a Viernes de 8.00 a 17.00 | Sucursal Rosario: Maipu 1579 - (0341) 4244300 / 4490742 | Sucursal San Lorenzo: Av. San Martin 712 (03476) 424356 / 425527